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La Justicia sobreseyó a Javier y Karina Milei de la causa $Libra

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La Justicia resolvió el sobreseimiento de Javier y Karina Milei en la causa $LIBRA al determinar que no hubo delito en el desplome de la criptomoneda.


El juez federal Marcelo Martínez De Giorgi resolvió el sobreseimiento del presidente Javier Milei, de la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, y de otros nueve imputados en la causa por el lanzamiento y posterior desplome del token $LIBRA. La medida se tomó por inexistencia de delito, en consonancia con el pedido del fiscal Eduardo Taiano.

La decisión judicial benefició también al creador del token, el estadounidense Hayden Mark Davis; a los traders y lobistas Mauricio Gaspar Novelli, Manuel Terrones Godoy y Sergio Daniel Morales (exasesor de la CNV); al responsable de Kip Protocol, Julian Peh (Chyi Haur Peh); así como a María Alicia Rafaele, María Pía Novelli, Camilo Rodríguez Blanco y Orlando Mellino. La resolución aclaró explícitamente que la formación del proceso no afecta el buen nombre y honor de los imputados, quienes fueron sobreseídos sin haber sido citados a declaración indagatoria.

Los fundamentos: falta de engaño y volatilidad del mercado

La investigación se había originado a raíz de las denuncias formuladas tras los acontecimientos del 14 de febrero de 2025. Aquel día, el mandatario publicó un mensaje en su cuenta personal de la red social X presentando el proyecto Viva la Libertad Project como una iniciativa privada para financiar emprendimientos locales. Tras la publicación, la cotización del activo pasó de valer menos de un centavo de dólar a rozar los cinco dólares, para luego desplomarse drásticamente. Mientras un grupo reducido de billeteras retiró alrededor de 100 millones de dólares, más de 40.000 compradores sufrieron pérdidas económicas.

Sin embargo, en sintonía con el dictamen del fiscal Eduardo Taiano, el magistrado sostuvo que la mera secuencia de promoción, alza y caída de cotización no configura el delito de estafa. El fallo remarcó que para constituir un ardid defraudatorio resultaba imprescindible acreditar una maniobra engañosa concreta, un error inducido y un perjuicio patrimonial derivado directamente de dicho engaño. Martínez De Giorgi indicó que no se logró identificar una afirmación falsa específica y recordó que el mercado de las denominadas memecoins se caracteriza por una alta volatilidad, donde un resultado económico adverso no equivale por sí mismo a una conducta ilícita.

El rol del Presidente y de su hermana

Respecto a las acusaciones por posible abuso de autoridad y negociaciones incompatibles con la función pública en torno al jefe de Estado, la Justicia descartó la existencia de delito al constatarse la ausencia de resoluciones, órdenes administrativas o actos oficiales vinculados al criptoactivo. La resolución tomó como referencia informes de la Secretaría Legal y Técnica y de la Oficina Anticorrupción, los cuales determinaron que la publicación se realizó desde una cuenta personal, sin el uso de recursos públicos ni la intervención de canales institucionales de la Presidencia.

En relación a Karina Milei, investigada por presunto tráfico de influencias, el magistrado relativizó los elementos extraídos del teléfono celular de Mauricio Novelli. Aunque se halló un archivo en la aplicación Apple Notes con menciones a un supuesto «acuerdo final» conversado con una persona identificada como «H» (que aludía a Davis) y ofertas de acuerdo con referencias a los hermanos Milei, los peritajes determinaron que dichos documentos carecían de firmas y no se pudo comprobar que hubieran sido enviados, recibidos o aceptados por alguno de los involucrados. A su vez, los registros de ingreso de los empresarios a la Casa Rosada en julio de 2024 no constituyeron prueba suficiente de un acuerdo espurio.

Cierre del expediente

El fallo judicial reseña diversos factores que condicionaron el avance de la instrucción. Si bien el Departamento Técnico del Cibercrimen de la Policía Federal y dependencias financieras rastrearon transferencias en la red Solana, lo que motivó medidas cautelares sobre billeteras y congelamientos de activos por más de 44 millones de USDC, diversas tareas de trazabilidad no pudieron completarse por limitaciones técnicas de licencias y respuestas parciales de firmas internacionales.

El juzgado además cuestionó la fuerza probatoria de los informes de la DATIP a raíz de un sumario administrativo que probó el ingreso indebido de una empleada a documentación reservada que luego trascendió a la prensa. Las cajas de seguridad atribuidas a los intermediarios se encontraban vacías al momento de los procedimientos.

Las autoridades de Estados Unidos también cerraron su expediente de asistencia judicial al considerar insuficientes los elementos para vincular a los investigados. En forma paralela, en septiembre, un tribunal federal de Nueva York desestimó una demanda civil contra Kelsier Labs y Davis por razones procesales y de fondo.

Un elemento determinante en el cierre de la causa fue la decisión adoptada el pasado 4 de septiembre por la Cámara Federal porteña, que apartó a los inversores perjudicados de su rol de querellantes al considerar «diluida» la hipótesis de un plan organizado desde las estructuras del Estado. Ante la ausencia de una pretensión acusatoria autónoma por parte de la querella y el pedido explícito de sobreseimiento por parte del fiscal Taiano, el juez procedió al archivo del expediente.

La resolución generó duras reacciones en las organizaciones intervinientes. Los damnificados presentaron recursos de queja directa ante la Cámara Federal de Casación para ser reincorporados a la causa. Asimismo, desde el Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica (CIPCE), su director ejecutivo, Pedro Biscay, calificó la medida como una «decisión prematura» que no contempló la trascendencia de la intervención presidencial, e instó a una revisión integral para evitar la consolidación de un escenario de impunidad.

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