El Juzgado Nacional del Trabajo N° 63 hizo lugar a una medida cautelar solicitada por la CGT. La decisión frena los puntos más polémicos de la Ley de Modernización Laboral, mientras el Ejecutivo ratifica que agotará las instancias judiciales para defender la normativa.
La reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional sufrió este lunes un freno determinante en los tribunales. La Justicia del Trabajo dictó una medida cautelar que suspende la aplicación de más de 80 artículos de la Ley N° 27.802 de Modernización Laboral, atendiendo al reclamo de la CGT, que denunció la inconstitucionalidad de la norma por considerarla «regresiva» para los derechos de los trabajadores.
La resolución, firmada por el juez Raúl Horacio Ojeda, no se pronuncia aún sobre la constitucionalidad de fondo, pero advierte que existen «indicios serios» de que la ley podría vulnerar principios protectores básicos. Según el magistrado, la suspensión es necesaria para evitar «daños irreparables» antes de que se dicte una sentencia definitiva.
Entre los puntos más sensibles que quedaron en suspenso se encuentran:
- Indemnizaciones: se frenan los cambios en el cálculo indemnizatorio y la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que buscaba reemplazar el sistema tradicional.
- Derecho a huelga: quedan sin efecto las restricciones a las medidas de fuerza en servicios considerados «esenciales» o «trascendentales».
- Conflictos colectivos: se suspendieron los artículos que limitaban las asambleas sindicales y permitían sanciones a los gremios.
- Plataformas digitales: la exclusión de los trabajadores de plataformas del régimen laboral tradicional también quedó paralizada.
La reacción oficial: «Intereses corporativos»
Minutos después de conocerse el fallo, el Gobierno nacional, a través del ministerio de Capital Humano, confirmó que apelará la decisión con el patrocinio de la Procuración del Tesoro de la Nación. Desde la cartera que dirige Sandra Pettovello, calificaron la medida judicial como un obstáculo para la creación de empleo y la competitividad.
«El Ministerio rechaza los intentos de quienes, priorizando intereses corporativos y sectoriales, pretenden obstaculizar las reformas necesarias para superar el desempleo», señalaron fuentes oficiales. El Ejecutivo sostiene que la ley fue sancionada por el Congreso y que su vigencia es clave para brindar «seguridad jurídica» al mercado de trabajo.
Con esta resolución, la reforma queda parcialmente desarticulada. Mientras que algunos aspectos administrativos podrían seguir vigentes, el núcleo duro de la flexibilidad laboral propuesta por la administración de Javier Milei entra en un cono de sombra legal.
La batalla judicial ahora se trasladará a la Cámara de Apelaciones y, muy probablemente, terminará definiéndose en la Corte Suprema de Justicia. Por el momento, la CGT celebra lo que considera un «triunfo en defensa del modelo sindical», mientras que las empresas y el sector productivo aguardan con incertidumbre una definición que aclare las reglas de juego en las relaciones laborales del país.














































