AGIP lanza un plan de pago para deudas de ABL y Patentes con condonación de hasta 100% de intereses y 12 cuotas sin interés en CABA.
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a través de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), anunció un nuevo plan de facilidades de pago para contribuyentes con deudas en los impuestos del ABL y Patentes. La medida estará disponible desde el jueves 15 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2026.
El programa contempla un tope de financiación de hasta $5.940.000 por partida o dominio y por cada tributo, calculado exclusivamente sobre el capital adeudado sin considerar los intereses generados. Alcanza a todas las obligaciones vencidas antes del 1° de octubre de 2026 que permanezcan en sede administrativa.
El jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, destacó el alcance de la iniciativa: “Además de la baja histórica de patentes, a partir de ahora las familias porteñas con deuda de ABL y patentes tendrán nuevas herramientas para ponerse al día. Siempre me van a encontrar del lado de la clase media que se esfuerza, trabaja y quiere salir adelante”.
Modalidades de pago y beneficios
Los contribuyentes interesados en regularizar su situación tributaria podrán optar entre dos alternativas principales, ambas asociadas al débito automático obligatorio en una cuenta bancaria (CBU):
- Pago al contado: otorga la condonación del 100% de los intereses resarcitorios.
- Financiación en hasta 12 cuotas: incluye una condonación del 50% de los intereses resarcitorios y no aplica intereses de financiación. La cuota mínima mensual se fijó en $5.000, con vencimiento los días 10 de cada mes.
Asimismo, la normativa contempla la posibilidad de adherir a aquellos contribuyentes que hayan tenido planes de facilidades previos pero cuya caducidad o nulidad se hubiera declarado antes del 1° de octubre de 2026.
Alcance, exclusiones y condiciones de caducidad
El beneficio está supeditado a la cancelación o inclusión de la totalidad de la deuda administrativa acumulada por el tributo correspondiente. Quedan expresamente excluidas de este beneficio las deudas en proceso de ejecución judicial, los contribuyentes en concurso preventivo o quiebra, las personas con multas pendientes de cualquier naturaleza y los agentes de recaudación por retenciones no depositadas.
En cuanto a las condiciones de mantenimiento, el plan caducará automáticamente si se acumulan dos cuotas impagas (consecutivas o alternadas) transcurridos 60 días desde el vencimiento de la segunda, o bien si no se efectúa el pago de la última cuota dentro de los 60 días de su vencimiento. Ante la caducidad del régimen, la AGIP reliquidará la totalidad de los intereses resarcitorios condonados originalmente.
Por otra parte, los contribuyentes podrán solicitar la cancelación anticipada del plan a partir de la segunda cuota. En caso de venta o transferencia del inmueble o vehículo asociado a la deuda financiada, será exigible la cancelación total anticipada del plan vigente.
Cómo adherirse
La inscripción se realiza de manera totalmente virtual a través del sitio web oficial de la AGIP:
- Ingresar al Portal del Contribuyente en www.agip.gob.ar y seleccionar la opción “Planes de Facilidades”.
- Seleccionar el impuesto que se desea regularizar (ABL o Patentes).
- Verificar el monto consolidado de la deuda, elegir la modalidad de pago deseada y validar los datos personales.
- Ingresar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) desde la cual se debitarán las cuotas o el pago al contado.
- Confirmar la operación. Es requisito indispensable contar con el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) constituido.
Para consultar información adicional, tutoriales y detalles normativos, la AGIP habilitó la sección especial www.agip.gob.ar/regularizatudeuda.














































Deja una respuesta