ARCA extendió el plan de pagos para pymes hasta el 30 de diciembre, pero CAME reclama una moratoria de 60 cuotas con condonación de intereses y embargos.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) prorrogó hasta el 30 de diciembre de este año el plazo para que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs), pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro puedan adherirse al régimen especial de facilidades de pago. La medida quedó formalizada a través de la Resolución General 5920/2026, publicada el 30 de octubre en el Boletín Oficial.
El programa permite regularizar obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social vencidas hasta el 30 de junio de 2026 inclusive, junto con los intereses y multas aplicados hasta esa fecha.
Las condiciones del esquema de pagos
El plan contempla diferentes plazos e ingresos a cuenta según el tamaño de la firma contribuyente:
- Micro y pequeñas empresas: podrán saldar sus deudas en hasta 18 cuotas, abonando un pago a cuenta del 5%. Para el caso de retenciones y percepciones impositivas, el límite se fijó en hasta 9 cuotas.
- Medianas empresas (tramos 1 y 2): tendrán un esquema de hasta 15 cuotas con un pago inicial a cuenta del 10%. En lo respectivo a retenciones y percepciones, el tope será de 7 cuotas.
- Tasa y montos: el plan establece una tasa de financiación del 2,75% mensual y fijó en $50.000 el importe mínimo tanto para las cuotas como para el pago a cuenta.
Es importante señalar que el régimen no incluye quitas de intereses ni la condonación de sanciones. Asimismo, quedaron expresamente excluidos los anticipos impositivos, las cuotas de planes vigentes, los aportes y contribuciones con destino a obras sociales y las cuotas de aseguradoras de riesgos del trabajo (ART).
Para formalizar la solicitud a través del servicio Mis Facilidades (bajo la opción “Régimen Especial de Facilidades de Pago – Obligaciones vencidas al 30/06/2026”), los contribuyentes deberán contar con el Certificado MiPyME vigente, la CUIT activa sin limitaciones, el Domicilio Fiscal Electrónico constituido, las declaraciones juradas al día y una CBU declarada para el débito de los pagos.
El reclamo de CAME
A pesar del anuncio de la prórroga, desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) manifestaron su preocupación. La entidad sostiene que la extensión del plazo y las condiciones fijadas no resuelven el problema de fondo que enfrentan numerosos establecimientos para encauzar sus pasivos.
Representantes del sector remarcaron que el pago a cuenta inicial, de entre el 5% y el 10% del total, sumado al pago de los honorarios de los abogados intervinientes para el levantamiento de embargos actúan como una barrera económica insalvable para las empresas en situación de mayor vulnerabilidad.
Ante esta coyuntura, CAME impulsa en el Congreso un proyecto de ley alternativo que busca brindar una respuesta integral mediante tres ejes principales:
- La suspensión inmediata de todo tipo de embargos judiciales sobre las pymes.
- El establecimiento de una moratoria extendida de hasta 60 cuotas con condonación de intereses.
- La revisión y adecuación de las multas vigentes a la capacidad real de pago de las empresas.















































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