Martín Llaryora promulgó la Ley Antibúnker en Córdoba para intervenir aguantaderos, habilitar demoliciones y equipar a las fuerzas de seguridad.
La provincia de Córdoba dio un paso clave en el combate contra el crimen organizado y el narcomenudeo. El gobernador Martín Llaryora promulgó la Ley Provincial 11.128, denominada «Ley Antibúnker y Antiaguantaderos», publicada formalmente este miércoles en el Boletín Oficial. La normativa establece un marco legal dinámico para detectar, clausurar e intervenir inmuebles que sirvan como guaridas delictivas o que, debido a su estado de abandono, representen un peligro latente para la seguridad ciudadana.
Al declarar de interés público el ordenamiento territorial de seguridad, la nueva legislación habilita procedimientos administrativos y herramientas judiciales específicas para recuperar espacios cooptados por el delito en los barrios.
Intervenciones preventivas en inmuebles
La ley faculta al Ejecutivo a ejecutar medidas preventivas e inmediatas como el tapiado, cerramiento, clausura provisoria, bloqueo de accesos y custodia policial de aquellos inmuebles identificados como búnkeres o aguantaderos.
Estas acciones tendrán un carácter temporario y proporcional —con un plazo inicial de hasta seis meses renovables— y buscan cortar de raíz la operatividad de las bandas. No obstante, la norma aclara de manera explícita que la simple falta de uso de una propiedad no será motivo suficiente para la intervención estatal, resguardando así el derecho de propiedad privada de inmuebles que no generen un riesgo cierto para la comunidad.
Para los casos en que existan ocupantes efectivos, disputas sobre la posesión o cuando se requiera una medida de fondo, la ley delimita que la actuación deberá tramitarse obligatoriamente por la vía judicial.
Clausura y demolición por vía judicial
En el plano estrictamente enfocado en la lucha contra el narcotráfico, la Ley 11.128 introduce reformas clave a la Ley Provincial 10.067. A partir de ahora, los fiscales especializados podrán solicitar a los jueces de control medidas cautelares directas para desactivar búnkeres de venta de droga.
Entre las facultades judiciales se incluyen la exclusión de personas vinculadas a la actividad ilícita, el aseguramiento del lugar y, en casos extremos y debidamente fundados, la remoción, inutilización o demolición total o parcial de las estructuras edilicias empleadas para el narcomenudeo, resguardando en todo momento el debido proceso.
Destino de los fondos decomisados
Con el objetivo de garantizar la aplicabilidad de la norma, se dispuso la creación de la Unidad Interagencial de Bienes Intervenidos y el Registro Provincial de Bienes Intervenidos. Estos organismos coordinarán el trabajo articulado entre el Ministerio de Seguridad, el Ministerio de Justicia y Trabajo, el Ministerio Público Fiscal, la Policía de Córdoba, la Fuerza Policial Antinarcotráfico (FPA) y los municipios locales.
Un pilar fundamental de la norma es el destino de los recursos económicos confiscados al narcotráfico:
- 60% para la FPA: El producido de la venta de bienes decomisados se destinará de forma directa al equipamiento operativo, tecnológico y logístico de la Fuerza Policial Antinarcotráfico.
- 40% para prevención y asistencia: Se financiarán programas públicos de abordaje integral de consumos problemáticos, asistencia a víctimas y prevención comunitaria.
Asimismo, los vehículos y bienes muebles incautados podrán ser asignados de forma inmediata por los jueces para el uso operativo directo de las fuerzas de seguridad y el Fuero Antinarcotráfico.













































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