El oficialismo obtuvo dictamen para el proyecto de defensa de la soberanía con cambios en sanciones, control de inversiones y la comisión bicameral.
La Libertad Avanza (LLA) alcanzó este miércoles el dictamen de mayoría para el proyecto de Defensa de la Soberanía Nacional en un plenario de las comisiones de Defensa Nacional, Relaciones Exteriores y Culto, y Legislación Penal de la Cámara de Diputados. El despacho obtuvo 60 firmas con el respaldo del PRO, la Unión Cívica Radical (UCR), sectores de Provincias Unidas y legisladores de Argentina Federal, varios de los cuales firmaron en disidencia. Por su parte, bancadas opositoras como Unión por la Patria, la Izquierda y sectores del centro presentaron sus propios dictámenes de minoría o rechazo.
El texto de la iniciativa, impulsado principalmente por el asesor presidencial Santiago Caputo y moldeado en las negociaciones finales por la diputada Silvana Giudici, quedó en condiciones de ser debatido en el recinto. La fecha tentativa impulsada por el oficialismo para la sesión es el jueves 12 de noviembre, supeditada al cronograma fijado por la visita a la Argentina del papa León XIV, o, según estiman otros legisladores, el 18 de noviembre en forma conjunta con la Ley de Presupuesto.
Cambios en las sanciones por recursos en Malvinas
Uno de los ejes principales es el endurecimiento de las penas por la explotación no autorizada de recursos naturales (renovables y no renovables) en el Atlántico Sur, con multas económicas severas ligadas al precio del barril de petróleo, inhabilitaciones de 5 a 20 años y penas de prisión de hasta 20 años para las actividades de hidrocarburos.
Ante las observaciones de bloques aliados y las preocupaciones planteadas directamente al presidente Javier Milei por el subsecretario de Estado de Estados Unidos, Christopher Landau, en representación de la administración de Donald Trump, el Gobierno aceptó acotar el alcance de las responsabilidades:
- Las sanciones se limitan a quienes ejecuten los negocios en el territorio nacional como operadoras directas, licenciatarias, proveedores de bienes o servicios esenciales y accionistas directos.
- Se excluye a accionistas minoritarios con participaciones de hasta el 2% y a fondos de inversión indirectos o pasivos.
- El alcance aplica solamente a los espacios circundantes de las Islas Malvinas.
Creación del Consejo de Seguridad Nacional
El proyecto crea el Consejo de Seguridad Nacional, un organismo que estará presida por el Presidente y cuya estructura permanente incluirá al jefe de Gabinete, los ministros de Relaciones Exteriores, Defensa y Economía, el secretario de Inteligencia de Estado (SIDE) y la secretaria Legal y Técnica. A partir de los reclamos de los aliados, se incorporó también como miembro permanente al Ministerio de Seguridad, a cargo de Alejandra Monteoliva.
Entre sus funciones clave, el Consejo auditar, aceptar o rechazar inversiones promovidas por Estados extranjeros o empresas vinculadas a ellos en sectores estratégicos como defensa, telecomunicaciones, energía, hidrocarburos, minería, actividades espaciales e infraestructuras críticas.
Asimismo, habilita la participación no permanente de las autoridades de ambas cámaras legislativas, gobernadores y otros funcionarios cuando las temáticas lo requieran. También precisa competencias de la Prefectura Naval Argentina y del Comando Conjunto Marítimo, y faculta al Presidente (o al ministro de Defensa y al prefecto nacional naval) a autorizar la inutilización de buques considerados peligrosos.
Control parlamentario e injerencia extranjera
Para responder a las objeciones sobre la concentración de facultades en el Poder Ejecutivo, se aceptó una propuesta impulsada por el diputado Eduardo Falcone (Movimiento de Integración y Desarrollo) para crear una Comisión Bicameral de Seguimiento de Asuntos de Seguridad Nacional en el Congreso, integrada por cuatro diputados y cuatro senadores. El Ejecutivo deberá informar a este cuerpo legislativo las medidas adoptadas en un plazo no mayor a 48 horas.
Respecto al artículo que impone penas de 5 a 12 años de prisión para la alteración de procesos electorales o la manipulación de la opinión pública financiada por Estados extranjeros, se introdujo la definición formal de “campaña de injerencia extranjera” (acciones clandestinas, engañosas o ilícitas para coaccionar la voluntad política) y se establecieron exclusiones explícitas a la actividad periodística, la investigación académica, la actividad diplomática conforme al derecho internacional y la representación abierta y regulada de intereses.
Pese a estas concesiones, legisladores de los bloques dialoguistas exigieron ajustar la redacción de los artículos 127, 128 y 129 antes de la votación en el recinto, advirtiendo la necesidad de precisar el estatus de las organizaciones no gubernamentales (ONG) para evitar efectos colaterales sobre sus actividades.















































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