El oficialismo buscará aprobar el próximo jueves la «Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada». El proyecto atravesó 13 modificaciones antes de llegar al recinto.
El Senado se encamina a tratar el próximo jueves uno de los proyectos más emblemáticos e importantes de la agenda legislativa del presidente Javier Milei: la denominada Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada. La iniciativa, que obtuvo dictamen el pasado 20 de mayo, llega al recinto tras casi dos meses de intensas negociaciones y más de una docena de versiones (13 en total) con las que el oficialismo buscó acercar posiciones y garantizar los consensos necesarios para su aprobación.
Aunque el espíritu central de la norma apunta a dotar de una protección reforzada a los propietarios frente al Estado y ante ocupaciones irregulares para fomentar las inversiones, el texto definitivo abarca una profunda reforma que impacta en una multiplicidad de leyes vigentes. Los cambios alcanzan el régimen de expropiaciones, los procesos de desalojo, la adquisición de tierras rurales, la regularización dominial, la normativa ambiental y la modernización del sistema registral inmobiliario.
Expropiaciones más estrictas y mayores indemnizaciones
Uno de los ejes conceptuales de la reforma introduce severas restricciones a la Ley de Expropiaciones. De aprobarse el texto, el Estado ya no podrá declarar la utilidad pública de un bien de manera genérica: las declaraciones deberán interpretarse bajo un criterio restrictivo y justificar de forma específica el fin perseguido. Además, se exigirá que toda expropiación demuestre ser idónea, necesaria y proporcional para alcanzar dicho objetivo.
En sintonía con esto, se mejoran sustancialmente las condiciones de indemnización para los dueños afectados. El nuevo marco legal prohíbe explícitamente la transferencia de dominio al Estado sin que antes se haya abonado de forma íntegra la compensación económica. Asimismo, se incorpora el reconocimiento del lucro cesante (siempre que se acredite objetivamente) y se determina que la valuación del bien debe fijarse con anterioridad a cualquier anuncio oficial vinculado a la expropiación, evitando la depreciación del inmueble. Las deudas pendientes se actualizarán por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más intereses hasta el momento del pago efectivo.
Desalojos «exprés» y el debate social
El capítulo referido a los desalojos promete ser uno de los de mayor impacto político en el recinto. El proyecto convierte estos litigios en trámites sumarísimos, agilizando los tiempos de notificación y ampliando las facultades de los oficiales de justicia, quienes podrán requerir el auxilio de la fuerza pública para garantizar los lanzamientos.
Una de las principales novedades es la habilitación de mecanismos de restitución anticipada del inmueble en casos de ocupaciones irregulares o cuando el derecho del propietario presente suficiente verosimilitud. Sin embargo, para destrabar el debate, la última versión incorporó una cláusula de protección para sectores vulnerables: ante la presencia de menores de edad, personas con discapacidad o adultos mayores en situación de desamparo, el juez interviniente deberá dar participación a los organismos sociales competentes. Estos dispondrán de hasta diez días para coordinar soluciones habitacionales transitorias, sin que esto signifique la suspensión del proceso de desalojo.
Tierras rurales, medio ambiente y regularización
La reforma también introduce un fuerte giro en la Ley de Tierras Rurales. Si bien se ratifica la prohibición para que los Estados extranjeros compren tierras en el territorio nacional, se eliminan diversas restricciones vigentes para compradores privados extranjeros y se flexibilizan los permisos. En este punto se introduce el criterio del «silencio administrativo positivo», mediante el cual una autorización se considerará otorgada de forma automática si la autoridad competente no se expide en los plazos previstos.
En el plano ambiental, el proyecto deroga modificaciones recientes introducidas a la Ley de Manejo del Fuego y redefine por completo el esquema de restricciones que pesaban sobre las tierras afectadas por incendios forestales, un eje que ya anticipa fuertes cruces con los bloques opositores y las organizaciones ambientalistas.
Por otra parte, se modifica la Ley Pierri de regularización dominial. A partir de ahora, para acceder a este beneficio se exigirá acreditar una posesión pacífica, ostensible y continua durante un plazo mínimo de diez años. Además, el alcance quedará limitado estrictamente a inmuebles destinados a vivienda única y permanente, contemplando únicamente una excepción específica para el sector de los agricultores familiares.
Modernización del Registro Inmobiliario
Finalmente, la ley promueve una reestructuración tecnológica del sistema a través de una reforma a la Ley de Registro de la Propiedad Inmueble. El texto impulsa la digitalización completa de los trámites registrales, la obligatoriedad de la firma digital y la creación de un Consejo Federal de Registros. En pos de simplificar la burocracia a nivel nacional, se proyecta la fundación de una Red Federal de Publicidad de Inhibiciones y una Ventanilla Única Federal Inmobiliaria.














































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