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CABA impulsa un nuevo esquema de incentivos económicos para Pymes

Incentivos económicos para Pymes en Buenos Aires

A través de la adhesión al RIGI nacional y la creación del régimen local RIMICABA, el Gobierno porteño busca reactivar el empleo formal, garantizar estabilidad fiscal y fortalecer la competitividad de las medianas y microempresas.


El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires avanza en la implementación de un esquema integral de incentivos económicos. El plan tiene como objetivos centrales captar capitales estratégicos, reactivar el empleo formal y potenciar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas (Pymes).

“El objetivo es que la Ciudad siga siendo el mejor lugar para invertir, emprender y generar empleo en Argentina. Estamos construyendo reglas claras, previsibilidad y estímulos concretos para acompañar tanto grandes proyectos estratégicos como el crecimiento de Pymes», afirmó el jefe de Gobierno, Jorge Macri, quien destacó la importancia de acompañar a quienes producen y generan trabajo.

La estrategia oficial se divide en dos grandes ejes sectoriales. Por un lado, mediante la adhesión al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), la Ciudad garantizará previsibilidad tributaria y estabilidad fiscal a largo plazo para proyectos de gran escala en áreas clave como tecnología, infraestructura, turismo y servicios basados en el conocimiento. Por el otro, apuntando directamente a la clase media y al entramado productivo menor, se creó el RIMICABA (Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones de la Ciudad).

El ministro de Desarrollo Económico, Hernán Lombardi, subrayó el espíritu de esta última medida: “Queremos que las Pymes encuentren en la Ciudad un aliado estratégico para crecer, invertir y generar empleo. El verdadero motor de la economía también se construye acompañando a quienes se esfuerzan y producen todos los días”.

El RIMICABA: un traje a medida para Pymes y microempresas

A diferencia del RIGI, enfocado en megaproyectos, el RIMICABA funciona como un complemento diseñado para beneficiar al comercio, la gastronomía, los servicios, la construcción, la tecnología, la cultura y la salud. Este régimen local se desprende del RIMI nacional —incorporado en marzo de 2026 en el Título XXIII de la Ley Nacional 27.802 de Modernización Laboral— y sus beneficios tendrán una duración efectiva de dos años.

Una de las particularidades más destacadas del RIMICABA es su alcance, ya que abarca a dos segmentos bien diferenciados:

  • Empresas medianas: ya sean nacionales o extranjeras, que estén aprobadas en el RIMI nacional y acrediten actividad productiva y radicación efectiva en territorio porteño.
  • Microempresas locales: aquellas que realicen inversiones productivas por montos de entre 100.000 y 149.999,99 dólares. Esto permite que proyectos de menor escala, que quedan fuera de los umbrales del esquema nacional, puedan acceder a los beneficios de la Ciudad. Cabe destacar que las ventajas locales se mantendrán vigentes de forma independiente ante eventuales cambios o derogaciones futuras que pueda sufrir el RIMI en el Congreso de la Nación.

Alivio impositivo y facilidades financieras

Para incentivar la rápida puesta en marcha de los proyectos, las autoridades definieron un sólido paquete de beneficios que incluye:

  • Exención del Impuesto de Sellos para los contratos vinculados a las inversiones productivas.
  • Exención de ABL e Impuesto Inmobiliario para los inmuebles afectados a la actividad.
  • Posibilidad de computar hasta el 25% del monto invertido como pago a cuenta del Impuesto a los Ingresos Brutos.
  • Acceso a líneas de financiamiento preferenciales otorgadas a través del Banco Ciudad.

Además, el marco normativo contempla beneficios para inversiones aún menores (desde los 50.000 dólares) siempre y cuando estén orientadas a proyectos de eficiencia energética, generación renovable y almacenamiento energético.

Compromisos, topes fiscales y exclusiones

El programa contempla estrictas contraprestaciones para asegurar la sostenibilidad fiscal y el correcto uso de los fondos públicos. Las empresas beneficiarias deberán asumir el compromiso formal de mantener su actividad productiva efectiva en la Ciudad por un período mínimo de cuatro años. Un registro específico se encargará del monitoreo y seguimiento continuo de cada inversión.

Asimismo, se fijó un cupo fiscal anual máximo de $150.000 millones para todo el régimen, con un límite individual por beneficiario que no podrá superar el 10% de dicha cifra.

Por último, la ley deja explícitamente fuera del beneficio a las actividades financieras, cambiarias, bursátiles, de seguros y la administración de fondos de terceros. Tampoco se considerarán inversiones productivas los activos financieros, los bienes de cambio ni las inversiones de portfolio, y quedará prohibido acumular los beneficios del RIMICABA con otros programas promocionales preexistentes en la Ciudad para una misma inversión.

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